Provincias - 19/12/18 - 05:15 PM
Decretan legal la aprehensión de un productor en protesta en Divisa
Los otros tres productores detenidos tras los disturbios, Nelson Cedeño, Oscar González y Dayonal Fábrega, fueron puestos a órdenes de un Juez de Paz
Tras audiencia de apelación realizada el miércoles, un tribunal rechazó la medida de Habeas Corpus presentada a favor de un productor agrícola detenido durante las protestas en Divisa el pasado martes, y decretó como legal su aprehensión.
La audiencia se realizó en el Tribunal de Apelaciones del Cuarto Distrito Judicial, y en la misma se negó la acción de hábeas corpus presentado a favor del productor de arroz de la provincia de Coclé, Octavio Castillo y contra el director de la Policía Nacional de Herrera, comisionado Urracá de la Hoz.
Castillo, además de tres productores más, fueron aprehendidos tras los disturbios del martes en Divisa, y en la audiencia se decretó que el mismo deberá permanecer detenido hasta que se le realice una audiencia ante el juzgado de Garantías.
Los otros tres productores detenidos tras los disturbios, Nelson Cedeño, Oscar González y Dayonal Fábrega, fueron puestos a órdenes de un Juez de Paz, mientras que Castillo fue trasladado a la Cárcel Pública de Chitré.
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Los magistrados Naida Cáceres, Waldo Batista y Alcides Zambrano, señalaron que era legal la aprehensión de Castillo, quien fue aprehendido en supuesta flagrancia cuando participaba de los disturbios ocurridos en el cruce de Divisa, en la provincia de Herrera, durante la manifestación de los productores agrícolas.
Los magistrados resolvieron poner a disposición del Ministerio Público, al productor, para cumplir con el trámite de legalización de la aprehensión, imputación de cargos y que se le imponga una medida cautelar.
La medida de hábeas corpus fue presentado por el jurista Rigoberto Vergara, a favor de cuatro productores, tres de los cuales fueron liberados por un juez de paz la noche del martes.
Para el abogado defensor Rigoberto Vergara, la decisión se tomó violentando los términos establecidos por la ley, ya que señala que las personas aprehendidas en flagrancia deben ser puestas de inmediato a órdenes del Ministerio Público, y no 16 horas después, como supuestamente sucedió en el caso del productor.
“El Tribunal no tuvo la valentía de decretar la ilegalidad de la aprehensión del productor. Vamos a esperar a ver si se solicita la audiencia para conocer qué formulación de imputación le van a hacer al productor”, indicó Vergara.